SEGUROS PARA PARTICULARES

SEGURO DE AUTOMÓVILES

El seguro de automóvil le brinda protección contra pérdidas obtenidas como resultado de poseer o de conducir un automóvil. El seguro cubre pérdidas a la propiedad del asegurado y pérdidas por las cuales el asegurado es responsable como resultado de poseer o de conducir un automóvil.

¿Qué es un seguro de automóvil?

Aquel que tiene por objeto la prestación de indemnizaciones derivadas de accidentes producidos a consecuencia de la circulación de vehículos.
 

¿Qué tipos de seguros existen?

En general, la legislación de la mayoría de los países distingue al respecto entre: Seguro obligatorio, destinado normalmente a la cobertura, dentro de los límites legalmente establecidos, de los daños personales o materiales causados a terceras personas. Seguro voluntario, que cubre el exceso de los límites del seguro obligatorio, así como otras garantías a que se hace referencia más adelante.
 

¿Es obligatorio contratarlo?

Por ley, todo vehículo matriculado tiene que complementarse con un seguro que ha de tener las coberturas básicas obligatorias proporcionadas por una compañía de seguros legalmente constituida y registrada a tal efecto.
 

¿Qué coberturas incluye cada uno en España?

 
El seguro obligatorio de automóviles está destinado a cubrir la responsabilidad del propietario o conductor por las lesiones corporales o daños materiales que, con motivo de la circulación de su vehículo, pueda producir a terceros. El seguro voluntario de automóviles, pueden estipularse las siguientes coberturas: 1.- Responsabilidad civil suplementaria para garantizar la responsabilidad en que pueda incurrir el propietario o conductor de un vehículo por los daños materiales causados a terceros o incluso por los daños corporales en cuanto la indemnización exceda de las sumas garantizadas por el seguro obligatorio. 2.- Daños, incendio y/o robo del propio vehículo. 3.- Defensa de la responsabilidad civil en que pudiera haber incurrido el conductor de un vehículo, con motivo de un hecho de la circulación. Por esta garantía, el asegurador toma a su cargo todos los gastos judiciales y extrajudiciales que ocasione la defensa, con excepción de aquellos que se consideran como penas personales (multas, por ejemplo). 4.- Reclamación, en nombre del asegurado, de los daños sufridos por el mismo o por su vehículo, a consecuencia de un accidente de circulación.

Seguro de hogar

El Seguro de Hogar tiene como objetivo proteger a los dueños contra pérdidas a su hogar, propiedad personal, y algunos tipos de daños o lesiones a terceros por los cuales los dueños del hogar sean responsables.

¿Qué es un seguro de hogar?

La póliza del seguro de hogar, pretende garantizar aquellos riesgos a los que está expuesta nuestra vivienda. Riesgos como el incendio, el robo, o una simple rotura de una tubería, puede ocasionarnos en un momento determinado un serio problema económico.

¿Qué coberturas ofrecen?

Con frecuencia las compañías aseguradoras de este ramo ofrecen paquetes que incluyen diferentes coberturas relacionadas con este tipo de seguros. Relacionamos las más importantes:
  • Incendio, explosión y caída del rayo.
  • Robo y expoliación.
  • Responsabilidad civil familiar y privada.
  • Daños por agua.
  • Actos de vandalismo.
  • Roturas (cristales, loza sanitaria, tuberías, etc.)
  • Asistencia en el hogar.
  • Defensa Jurídica.
 

Algunas coberturas complementarias

Estas coberturas se ven complementadas con otras que, según el producto y compañía, varían. Podríamos señalar:
  • Alimentos refrigerados.
  • Atraco fuera del hogar.
  • Bienes temporalmente desplazados.
  • Todo riesgo accidental.
  • Filtraciones.
  • Daños estéticos.

SEGUROS DE VIDA

Es el seguro que cubre los riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.

¿Qué es un seguro de vida?

El seguro de vida busca garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo. En caso del fallecimiento de éste, los beneficiarios designados en la póliza accederán a la indemnización.


¿Cómo se paga la indemnización?

Esta indemnización se denomina capital asegurado y puede ser pagada en una única vez o a modo de renta financiera, siendo la primera la más común. Por lo general, los beneficiarios son los familiares del asegurado, aunque también pueden ser sus socios o acreedores.

¿Qué tipos de seguros de vida existen?

Los seguros de vida pueden clasificarse de acuerdo a:
  • Duración:
    • Temporales
    • Vida entera
  • Tipo de prima:
    • Prima nivelada, donde el pago es constante
    • Anual renovable, donde la prima aumenta de acuerdo a la edad del asegurado
  • Cantidad de asegurados:
    • Seguros individuales
    • Colectivos

¿Todos los países tienen las mismas coberturas?

En algunos países, como Estados Unidos, el seguro de vida no es sólo una fuente de sustitución de ingresos, sino que también permite pagar el saldo de la hipoteca u otras deudas al momento del fallecimiento del asegurado; pagar los impuestos de sucesión; pagar los gastos funerales; proveer fondos para la educación de los descendientes; y hasta realizar donaciones de caridad.

¿Es posible beneficiarse de este seguro en vida?

Sí, hay pólizas que permiten incluso beneficiar al asegurado en vida. En este tipo de seguros el riesgo cubierto es la misma existencia de la persona asegurada, pudiendo serlo de dos formas distintas: el riesgo cubierto es la muerte del asegurado o bien el riesgo es la supervivencia del asegurado pasada una determinada fecha.

¿Cuántos seguros pueden contratarse?

Se puede contratar uno de los dos riesgos o incluso los dos riesgos a la vez.

Seguro de Defensa Jurídica

Modalidad de seguro en la que el asegurador se obliga a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial derivados.

¿Qué es un seguro de Defensa Jurídica?

Según la directiva europea que regula este ramo, el seguro de defensa jurídica es: Aquel seguro que, previo pago de una cantidad cierta (prima), el asegurador asume los gastos de procedimientos judiciales y otras prestaciones al objeto de: Recuperar el importe de los daños y perjuicios sufridos por el Asegurado, tanto amistosamente como a través de un procedimiento judicial (civil o penal) Defender al Asegurado en un procedimiento civil, penal o administrativo o frente a una reclamación de la que sea objeto.

¿Qué coberturas ofrece?

En concreto el seguro de Defensa Jurídica tiene una doble consideración: 1.- Prestación económica por el desembolso de gastos. La tramitación jurídica y el pago de los gastos en los que incurra el Asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento judicial, administrativo o arbitral. Estos gastos que se concretan en: Minutas de abogado que intervenga defendiendo los intereses del Asegurado Derechos de procurador que asuma la representación del Asegurado. Gastos de notario para los servicios en que sea precisa su intervención como fedatario público. Minutas de peritos para la elaboración de informes técnicos y pruebas necesarias para la defensa de los intereses del Asegurado. Costas judiciales de orden penal en las que incurra el Asegurado durante los procesos jurídicos garantizados. Constitución de fianzas penales necesarias para obtener la libertad provisional del Asegurado, avalar su presencia a juicio o de responder al pago de las costas. 2.- Prestación de servicios por asesoramiento jurídico ante cualquier litigio, mediante la prestación de abogado de la propia entidad evitando así el cruce de intereses. Dentro de la amplitud del Seguro de Defensa Jurídica es preciso delimitar qué abarca la intervención jurídica objeto del seguro: Antes de un procedimiento judicial, este tipo de seguro abarca el asesoramiento, orientación y consultas con especialistas en la materia, como medida de prevención ante cualquier posible o futuro procedimiento judicial y la reclamación en vía amistosa extrajudicial que reconozca las pretensiones o derechos del Asegurado. Durante el procedimiento judicial también abarca en los casos necesarios la constitución de fianzas en procesos penales para obtener la libertad provisional o avalar la presencia del Asegurado en el juicio o el pago de las costas. 3.- Además este seguro también asume la tramitación de los distintos procedimientos jurídicos: penal, civil, contencioso-administrativo, arbitral, etc. Todos los gastos que el asegurado pueda incurrir en su defensa o en la defensa de sus intereses. 4.- La mejor selección de Seguros de Auto. 5.- Seguros García Talavera busca y contrasta todas las propuestas en seguros de auto ofertadas por las mejores compañías aseguradoras y te informa completamente gratis sobre aquellas que más se adaptan a tus necesidades.

SEGURO DE SALUD

Un Seguro de Salud es aquel en que el asegurador paga como indemnización el reembolso de los gastos incurridos por el asegurado con ocasión de una enfermedad, tratamiento médico o incapacidad prevista en la póliza.

Los seguros de salud y la Seguridad Social

Pese a que en España contamos con un sistema de salud público que ofrece cobertura sanitaria a todos los ciudadanos y que es considerado uno de los mejores del mundo, el seguro privado de salud también está ganando adeptos en los últimos años. La mayor importancia que se concede en la actualidad al bienestar y a la imagen personal, unido a la falta de recursos de la sanidad pública, explican el auge que está teniendo en España la sanidad privada.

¿Cuáles son las ventajas de un seguro privado?

Entre sus ventajas, los expertos citan:
  • Rapidez con la que atienden a los pacientes
  • Menores o, en ocasiones, inexistentes listas de espera
  • Prestación de servicios de valor añadido, como ofrecer habitaciones individuales, enviar las pruebas de informes rápidamente por correo, email o mensajes al móvil...

Tipos de seguros de salud

Para acceder a la sanidad privada las entidades ofrecen tres tipos de seguros: los de asistencia sanitaria, reembolso de gastos y los seguros de subsidios e indemnizaciones. Sus particularidades son las siguientes:
  • Seguros de asistencia sanitaria: Son los más extendidos y demandados. Proporcionan al asegurado asistencia médica, hospitalaria y quirúrgica, en caso de enfermedad o accidente, a través de un cuadro médico de facultativos y centros asistenciales, clínicas y hospitales, con los que el asegurador ha suscrito un contrato de servicios.
  • Pólizas de reembolso: La sanidad privada ofrece igualmente las denominadas pólizas de reembolso. Estos productos permiten elegir el médico que se desee para recibir la asistencia sanitaria. El cliente, en un primer paso, correrá a cargo de los gastos de los servicios que haya utilizado. Posteriormente, la compañía se compromete a sufragar el coste de la atención médica. Los seguros de reembolso de gastos están concebidos para personas que desean elegir libremente a qué médico o centro sanitario acudir o que desean coberturas que van más allá de la medicina convencional.
  • Seguros de subsidios e indemnización: La última modalidad de seguro de salud es la póliza de subsidios. Esta póliza no cubre mediante la asistencia sanitaria, sino que concede una indemnización económica al cliente.

Seguro de decesos

Es un seguro destinado a cubrir todos los gastos propios en caso de fallecimiento. Es el seguro más contratado a nivel nacional y curiosamente, España es el país con mayor porcentaje de contratación de este tipo de pólizas.

¿Qué es un seguro de decesos?

El objetivo de los "seguros decesos" es el facilitar cualquier proceso, gestión o trámite a la familia y seres queridos del asegurado cuando este fallece.
 

¿Puedo cambiar de aseguradora sin problemas?

Debido a la gran competencia existente, hoy en día, un asegurado de cualquiera de los "seguros decesos" de cualquier aseguradora, no debe tener problemas si quiere cambiar de compañía aseguradora.
 

¿Perdería prestaciones en el cambio?

Lo más normal es que no se pierda ninguno de los derechos adquiridos en la anterior compañía y por tanto si el cambio ha sido debido a que se ha encontrado un mejor precio en el seguro, se podrá beneficiar de él, el asegurado y su familia.
 

¿Cuáles son las coberturas de este seguro?

Las principales coberturas y gestiones de las que se ocupará la compañía aseguradora serán las siguientes:
  • Traslados: ya sean nacionales o bien internacionales, si el fallecimiento se produjese fuera de la localidad en la que se desea que se preste un servicio funerario.
  • Trámites administrativos legales así como los relacionados con las gestorías, a saber: certificados de últimas voluntades testamentarias, certificado de defunción, certificado de nacimiento, certificado de matrimonio y cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Asistencia legal y gestoría en cuanto a: pensión de viudedad y pensión de orfandad, auxilio por defunción, herencias, accidentes laborales, y cambios de titularidad.
  • Gestión en cuanto a las inscripciones en el Registro que sean necesarias, etc.
  • Servicio de sepelio: la prestación de este servicio será según los deseos que se hayan indicado previamente. Hoy día, existen distintas formas de realizar dicho servicio, aunque las más normales son la que vamos a citar a continuación y deben de ser cubiertas por el seguro:
    • Debe de haber la posibilidad de incineración.
    • El Tanatorio y el cementerio se deben de poder elegir libremente.
  • Arca, coches fúnebres y coches para los acompañantes, así como servicios religiosos si fuesen demandados, coronas, esquelas, recordatorios, nichos o sepulturas, lápidas, inscripciones en lápidas, y, normalmente, lo requerido por la familia del fallecido, dependiendo de sus demandas más íntimas para estos momentos tan difíciles, ocupándose la compañía aseguradora de facilitar la prestación del servicio según sean las condiciones de la póliza del seguro de deceso que se haya contratado.

SEGURO DE AUTOMÓVILES

El seguro de automóvil le brinda protección contra pérdidas obtenidas como resultado de poseer o de conducir un automóvil. El seguro cubre pérdidas a la propiedad del asegurado y pérdidas por las cuales el asegurado es responsable como resultado de poseer o de conducir un automóvil.

¿Qué es un seguro de automóvil?

Aquel que tiene por objeto la prestación de indemnizaciones derivadas de accidentes producidos a consecuencia de la circulación de vehículos.
 

¿Qué tipos de seguros existen?

En general, la legislación de la mayoría de los países distingue al respecto entre: Seguro obligatorio, destinado normalmente a la cobertura, dentro de los límites legalmente establecidos, de los daños personales o materiales causados a terceras personas. Seguro voluntario, que cubre el exceso de los límites del seguro obligatorio, así como otras garantías a que se hace referencia más adelante.
 

¿Es obligatorio contratarlo?

Por ley, todo vehículo matriculado tiene que complementarse con un seguro que ha de tener las coberturas básicas obligatorias proporcionadas por una compañía de seguros legalmente constituida y registrada a tal efecto.
 

¿Qué coberturas incluye cada uno en España?

 
El seguro obligatorio de automóviles está destinado a cubrir la responsabilidad del propietario o conductor por las lesiones corporales o daños materiales que, con motivo de la circulación de su vehículo, pueda producir a terceros. El seguro voluntario de automóviles, pueden estipularse las siguientes coberturas: 1.- Responsabilidad civil suplementaria para garantizar la responsabilidad en que pueda incurrir el propietario o conductor de un vehículo por los daños materiales causados a terceros o incluso por los daños corporales en cuanto la indemnización exceda de las sumas garantizadas por el seguro obligatorio. 2.- Daños, incendio y/o robo del propio vehículo. 3.- Defensa de la responsabilidad civil en que pudiera haber incurrido el conductor de un vehículo, con motivo de un hecho de la circulación. Por esta garantía, el asegurador toma a su cargo todos los gastos judiciales y extrajudiciales que ocasione la defensa, con excepción de aquellos que se consideran como penas personales (multas, por ejemplo). 4.- Reclamación, en nombre del asegurado, de los daños sufridos por el mismo o por su vehículo, a consecuencia de un accidente de circulación.

Seguro de hogar

El Seguro de Hogar tiene como objetivo proteger a los dueños contra pérdidas a su hogar, propiedad personal, y algunos tipos de daños o lesiones a terceros por los cuales los dueños del hogar sean responsables.

¿Qué es un seguro de hogar?

La póliza del seguro de hogar, pretende garantizar aquellos riesgos a los que está expuesta nuestra vivienda. Riesgos como el incendio, el robo, o una simple rotura de una tubería, puede ocasionarnos en un momento determinado un serio problema económico.

¿Qué coberturas ofrecen?

Con frecuencia las compañías aseguradoras de este ramo ofrecen paquetes que incluyen diferentes coberturas relacionadas con este tipo de seguros. Relacionamos las más importantes:
  • Incendio, explosión y caída del rayo.
  • Robo y expoliación.
  • Responsabilidad civil familiar y privada.
  • Daños por agua.
  • Actos de vandalismo.
  • Roturas (cristales, loza sanitaria, tuberías, etc.)
  • Asistencia en el hogar.
  • Defensa Jurídica.
 

Algunas coberturas complementarias

Estas coberturas se ven complementadas con otras que, según el producto y compañía, varían. Podríamos señalar:
  • Alimentos refrigerados.
  • Atraco fuera del hogar.
  • Bienes temporalmente desplazados.
  • Todo riesgo accidental.
  • Filtraciones.
  • Daños estéticos.

SEGUROS DE VIDA

Es el seguro que cubre los riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.

¿Qué es un seguro de vida?

El seguro de vida busca garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo. En caso del fallecimiento de éste, los beneficiarios designados en la póliza accederán a la indemnización.


¿Cómo se paga la indemnización?

Esta indemnización se denomina capital asegurado y puede ser pagada en una única vez o a modo de renta financiera, siendo la primera la más común. Por lo general, los beneficiarios son los familiares del asegurado, aunque también pueden ser sus socios o acreedores.

¿Qué tipos de seguros de vida existen?

Los seguros de vida pueden clasificarse de acuerdo a:
  • Duración:
    • Temporales
    • Vida entera
  • Tipo de prima:
    • Prima nivelada, donde el pago es constante
    • Anual renovable, donde la prima aumenta de acuerdo a la edad del asegurado
  • Cantidad de asegurados:
    • Seguros individuales
    • Colectivos

¿Todos los países tienen las mismas coberturas?

En algunos países, como Estados Unidos, el seguro de vida no es sólo una fuente de sustitución de ingresos, sino que también permite pagar el saldo de la hipoteca u otras deudas al momento del fallecimiento del asegurado; pagar los impuestos de sucesión; pagar los gastos funerales; proveer fondos para la educación de los descendientes; y hasta realizar donaciones de caridad.

¿Es posible beneficiarse de este seguro en vida?

Sí, hay pólizas que permiten incluso beneficiar al asegurado en vida. En este tipo de seguros el riesgo cubierto es la misma existencia de la persona asegurada, pudiendo serlo de dos formas distintas: el riesgo cubierto es la muerte del asegurado o bien el riesgo es la supervivencia del asegurado pasada una determinada fecha.

¿Cuántos seguros pueden contratarse?

Se puede contratar uno de los dos riesgos o incluso los dos riesgos a la vez.

Seguro de Defensa Jurídica

Modalidad de seguro en la que el asegurador se obliga a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial derivados.

¿Qué es un seguro de Defensa Jurídica?

Según la directiva europea que regula este ramo, el seguro de defensa jurídica es: Aquel seguro que, previo pago de una cantidad cierta (prima), el asegurador asume los gastos de procedimientos judiciales y otras prestaciones al objeto de: Recuperar el importe de los daños y perjuicios sufridos por el Asegurado, tanto amistosamente como a través de un procedimiento judicial (civil o penal) Defender al Asegurado en un procedimiento civil, penal o administrativo o frente a una reclamación de la que sea objeto.

¿Qué coberturas ofrece?

En concreto el seguro de Defensa Jurídica tiene una doble consideración: 1.- Prestación económica por el desembolso de gastos. La tramitación jurídica y el pago de los gastos en los que incurra el Asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento judicial, administrativo o arbitral. Estos gastos que se concretan en: Minutas de abogado que intervenga defendiendo los intereses del Asegurado Derechos de procurador que asuma la representación del Asegurado. Gastos de notario para los servicios en que sea precisa su intervención como fedatario público. Minutas de peritos para la elaboración de informes técnicos y pruebas necesarias para la defensa de los intereses del Asegurado. Costas judiciales de orden penal en las que incurra el Asegurado durante los procesos jurídicos garantizados. Constitución de fianzas penales necesarias para obtener la libertad provisional del Asegurado, avalar su presencia a juicio o de responder al pago de las costas. 2.- Prestación de servicios por asesoramiento jurídico ante cualquier litigio, mediante la prestación de abogado de la propia entidad evitando así el cruce de intereses. Dentro de la amplitud del Seguro de Defensa Jurídica es preciso delimitar qué abarca la intervención jurídica objeto del seguro: Antes de un procedimiento judicial, este tipo de seguro abarca el asesoramiento, orientación y consultas con especialistas en la materia, como medida de prevención ante cualquier posible o futuro procedimiento judicial y la reclamación en vía amistosa extrajudicial que reconozca las pretensiones o derechos del Asegurado. Durante el procedimiento judicial también abarca en los casos necesarios la constitución de fianzas en procesos penales para obtener la libertad provisional o avalar la presencia del Asegurado en el juicio o el pago de las costas. 3.- Además este seguro también asume la tramitación de los distintos procedimientos jurídicos: penal, civil, contencioso-administrativo, arbitral, etc. Todos los gastos que el asegurado pueda incurrir en su defensa o en la defensa de sus intereses. 4.- La mejor selección de Seguros de Auto. 5.- Seguros García Talavera busca y contrasta todas las propuestas en seguros de auto ofertadas por las mejores compañías aseguradoras y te informa completamente gratis sobre aquellas que más se adaptan a tus necesidades.

SEGURO DE SALUD

Un Seguro de Salud es aquel en que el asegurador paga como indemnización el reembolso de los gastos incurridos por el asegurado con ocasión de una enfermedad, tratamiento médico o incapacidad prevista en la póliza.

Los seguros de salud y la Seguridad Social

Pese a que en España contamos con un sistema de salud público que ofrece cobertura sanitaria a todos los ciudadanos y que es considerado uno de los mejores del mundo, el seguro privado de salud también está ganando adeptos en los últimos años. La mayor importancia que se concede en la actualidad al bienestar y a la imagen personal, unido a la falta de recursos de la sanidad pública, explican el auge que está teniendo en España la sanidad privada.

¿Cuáles son las ventajas de un seguro privado?

Entre sus ventajas, los expertos citan:
  • Rapidez con la que atienden a los pacientes
  • Menores o, en ocasiones, inexistentes listas de espera
  • Prestación de servicios de valor añadido, como ofrecer habitaciones individuales, enviar las pruebas de informes rápidamente por correo, email o mensajes al móvil...

Tipos de seguros de salud

Para acceder a la sanidad privada las entidades ofrecen tres tipos de seguros: los de asistencia sanitaria, reembolso de gastos y los seguros de subsidios e indemnizaciones. Sus particularidades son las siguientes:
  • Seguros de asistencia sanitaria: Son los más extendidos y demandados. Proporcionan al asegurado asistencia médica, hospitalaria y quirúrgica, en caso de enfermedad o accidente, a través de un cuadro médico de facultativos y centros asistenciales, clínicas y hospitales, con los que el asegurador ha suscrito un contrato de servicios.
  • Pólizas de reembolso: La sanidad privada ofrece igualmente las denominadas pólizas de reembolso. Estos productos permiten elegir el médico que se desee para recibir la asistencia sanitaria. El cliente, en un primer paso, correrá a cargo de los gastos de los servicios que haya utilizado. Posteriormente, la compañía se compromete a sufragar el coste de la atención médica. Los seguros de reembolso de gastos están concebidos para personas que desean elegir libremente a qué médico o centro sanitario acudir o que desean coberturas que van más allá de la medicina convencional.
  • Seguros de subsidios e indemnización: La última modalidad de seguro de salud es la póliza de subsidios. Esta póliza no cubre mediante la asistencia sanitaria, sino que concede una indemnización económica al cliente.

Seguro de decesos

Es un seguro destinado a cubrir todos los gastos propios en caso de fallecimiento. Es el seguro más contratado a nivel nacional y curiosamente, España es el país con mayor porcentaje de contratación de este tipo de pólizas.

¿Qué es un seguro de decesos?

El objetivo de los "seguros decesos" es el facilitar cualquier proceso, gestión o trámite a la familia y seres queridos del asegurado cuando este fallece.
 

¿Puedo cambiar de aseguradora sin problemas?

Debido a la gran competencia existente, hoy en día, un asegurado de cualquiera de los "seguros decesos" de cualquier aseguradora, no debe tener problemas si quiere cambiar de compañía aseguradora.
 

¿Perdería prestaciones en el cambio?

Lo más normal es que no se pierda ninguno de los derechos adquiridos en la anterior compañía y por tanto si el cambio ha sido debido a que se ha encontrado un mejor precio en el seguro, se podrá beneficiar de él, el asegurado y su familia.
 

¿Cuáles son las coberturas de este seguro?

Las principales coberturas y gestiones de las que se ocupará la compañía aseguradora serán las siguientes:
  • Traslados: ya sean nacionales o bien internacionales, si el fallecimiento se produjese fuera de la localidad en la que se desea que se preste un servicio funerario.
  • Trámites administrativos legales así como los relacionados con las gestorías, a saber: certificados de últimas voluntades testamentarias, certificado de defunción, certificado de nacimiento, certificado de matrimonio y cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Asistencia legal y gestoría en cuanto a: pensión de viudedad y pensión de orfandad, auxilio por defunción, herencias, accidentes laborales, y cambios de titularidad.
  • Gestión en cuanto a las inscripciones en el Registro que sean necesarias, etc.
  • Servicio de sepelio: la prestación de este servicio será según los deseos que se hayan indicado previamente. Hoy día, existen distintas formas de realizar dicho servicio, aunque las más normales son la que vamos a citar a continuación y deben de ser cubiertas por el seguro:
    • Debe de haber la posibilidad de incineración.
    • El Tanatorio y el cementerio se deben de poder elegir libremente.
  • Arca, coches fúnebres y coches para los acompañantes, así como servicios religiosos si fuesen demandados, coronas, esquelas, recordatorios, nichos o sepulturas, lápidas, inscripciones en lápidas, y, normalmente, lo requerido por la familia del fallecido, dependiendo de sus demandas más íntimas para estos momentos tan difíciles, ocupándose la compañía aseguradora de facilitar la prestación del servicio según sean las condiciones de la póliza del seguro de deceso que se haya contratado.